Para vender y hacer facturas hay que inscribirse en la A.F.I.P. como monotributista o como responsable inscripto.
Fuente de la imagen:
http://www.telefonosyconsultas.com.ar/afip-telefonos-agencias-atencion-constancia/
- Paga una cuota fija por mes, por las ganancias que obtuvo y por el I.V.A..
- No paga a la A.F.I.P. otro impuesto ni hacew declaraciones juradas.
- Tiene un limite de ganancia.
- Emite, solamente, factura C, la cual no tiene el I.V.A. discriminado, o sea, no esta incluido.
Responsable inscripto:
- Tiene que hacer declaraciones juradas y calculos por separado.
- No paga una cuota fija, varia segun sus ganancias por año y por mes.
- Puede emitir factura A o B. En la A el I.V.A. va a estar discriminado y en la B va a estar incluido.
- La factura A se la emite a otro responsable inscripto.
- La factura B se la emite a un monotributista o a un consumidor final.
- Siempre que haga una venta, tiene un debbito fiscal ( le debe ese I.V.A. a la A.F.I.P.).
- No tiene limite de ganancias.
Se debe tener en cuenta que un monotributista puede ganar mas de lo que permite el monotributo (su limite de ganancias) en este caso el monotributista estara vendiendo en negro.
Para que un I.V.A. credito fiscal por compra se compute a favor en una declaracion jurada este debe estar detallado, como sucede, unicamente, con la factura A.Una declaracion jurada de I.V.A. se hace mensualmente y lo que se hace es sumar todos los debitos fiscales por ventas y todos los creditos fiscales por compras. Al total del debito se le resta el total del credito, y esto puede dar un saldo a favor o un saldo a pagar. Esto es solo realizado por los responsables inscriptos.
Cuando los responsables inscriptos hacen una factura A o B pagan el 21% del total (o sea, el I.V.A.).En la factura C dada por los monotributistas no se paga el I.V.A. porque ya viene incluido en la cuota.
A continuacion se pueden ver ejemplos de facturas A,B y C.
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